LEGITIMACIÓN

Cuando una persona que desconoce su origen biológico se dispone a iniciar la búsqueda de sus orígenes, por el motivo que sea, no está más que intentando ejercer un derecho que está reconocido por las Leyes, por encima incluso, del derecho de los progenitores a la identidad personal. Ayudando a estas personas no hacemos nada ni ilícito, ni inmoral ni nada parecido. Simplemente estamos colaborando por hacer justicia con estas personas que en muchas ocasiones han sufrido, en mayor o menor media, un rechazo social totalmente injusto y por algo que ocurrió ajeno a sus voluntades en el momento de nacer. La verdad sobre sus orígenes, sea cual sea, pasa a ser un objetivo necesario para estas personas y deberíamos ayudarlas.

Esta legitimación se ve reflejada en el artículo 180.6 del Código Civil, que establece que "las personas adoptadas, alcanzada la mayoría de edad o durante su minoría de edad a través de sus representantes legales, tendrán derecho a conocer los datos sobre sus orígenes biológicos. Las Entidades Públicas, previa notificación a las personas afectadas, prestarán a través de sus servicios especializados el asesoramiento y la ayuda que precisen para hacer efectivo este derecho".

Además, al impedir el ejercicio de este derecho, se están cercenando derechos constitucionales tan importantes como el de la protección de la salud (Art. 43) y el de la tutela judicial efectiva (Art. 24). Por no hablar del tan afamado estado de derecho que se supone que ejerce de salvaguarda de esta Constitución, que establece en su Art. 9.2 que "corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social."

Y no solo es la vía legislativa, también el poder judicial reconoce este derecho. La reciente sentencia, que ya es firme de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cantabria sostiene que "el derecho a conocer la propia filiación biológica se erige como un derecho de la personalidad que no puede ser negado a la persona sin quebrantar el derecho a la identidad personal y cuyo fundamento hay que buscar en la dignidad de la persona", en alusión al artículo 10.1 de la Constitución Española.

Pero a pesar de que el entramado legal parece estar del lado de las víctimas, nos encontramos que la búsqueda de estos orígenes, en la mayoría de los casos, se ve frenada por la falta de documentación y de colaboración por parte de instituciones gubernamentales o eclesiásticas, ya que el "tráfico de bebés" que hubo durante la época franquista y durante los primeros años de la democracia (hasta 1990), hace que incluso los autos judiciales favorables a algunas víctimas queden sin efecto.

La vía del ADN de los laboratorios de EEUU han abierto una nueva vía de esperanza para estas víctimas, de eso no hay duda. Pero necesitan de más base de datos, cuantas más personas se hagan el kit de ADN de estos laboratorios, más probabilidades de reencuentro habrá para estas personas. Además, en ocasiones se encuentran que sus propios parientes biológicos, ya sean primos hermanos, segundos o terceros, no colaboran en sus investigaciones. Hay que hacer ver a estos parientes que al no colaborar con estas personas, por no meterse en "jaleos" o por protegen a algún otro pariente, están perjudicando a un pariente de grado similar que no tienen culpa de lo que ocurrió y que ansía conocer la verdad. Está en su derecho.

Por todo ello, debemos difundir y concienciar a toda la sociedad de que acabar con la incertidumbre de estas personas es fundamental para tratar de corregir los errores y crímenes del pasado que todavía afectan a muchísimas personas en este país. 

No hacemos nada desenterrando a Franco del Valle de los Caídos, si dejamos que sus crímenes, que siguen vigentes generando mucho dolor, sigan contaminando esta sociedad.